Caminatas recreativas: la Municipalidad de Tupungato recuerda cómo deben realizarse

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Cronograma, medidas preventivas y más.

Teniendo en cuenta las medidas sanitarias ante la pandemia COVID-19, la Municipalidad de Tupungato recuerda la metodología dispuesta en ese departamento para realizar dicha actividad: 

Caminatas

-El peatón no debe alejarse más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de 60 minutos y hasta las 19hs.

-Todas las personas cuyo DNI finalice en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán salir solo los lunes, miércoles y viernes. Y los domingos de 8 a 13hs.

-Todas las personas cuyo DNI finalice en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán salir solo los martes, jueves y sábados. Y los domingos de 14 a 19hs.

-No se permite el traslado en automóvil o transporte público, es decir, deben salir de su hogar caminando y deben volver a su casa caminando.

-Siempre que se encuentren circulando deben tener el DNI.

-La caminata puede realizarse en compañía de una sola persona, en lo posible un conviviente cuyo DNI coincida con la terminación ya establecida para ese día.

-En ningún momento se puede detener en la vía pública.

-Los menores de edad, deben salir con un padre o tutor. Deberán hacerlo los días que le corresponda al adulto, ya que la terminación de su DNI es la válida.

-Se debe utilizar de manera obligatoria y en todo momento el protector facial cubriendo boca, nariz y mentón.

Se debe guardar un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros.

-Respetar el protocolo de higiene respiratoria: no salivar en espacios públicos, asegurarse de toser o estornudar siempre con el tapaboca colocado.

-Cumplir con la higiene de manos, llevando alcohol al 70% (gel o líquido) y evitar tocar objetos u otras superficies de la vía pública.

Mascotas

También se podrá sacar a pasear a mascotas, por un período no mayor de 30 minutos, con recipiente y/o elemento útil para levantar las heces.

Multa por incumplimiento de las medidas

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el protocolo debidamente constatado por la autoridad competente, será penado con una sanción de multa de $ 5.000 para la persona infractora. Dicha sanción se duplicará en el supuesto de incumplimiento respecto de los recaudos exigidos para el paseo de mascotas. 

Quienes no pueden realizar ninguna de las actividades habilitadas

Es importante destacar que aquellas personas que hayan viajado fuera de la Provincia (territorio nacional o del exterior) o que hayan estado en contacto con un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 en los últimos 21 días, no podrán, ni deben realizar ninguna actividad habilitada.

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