Certificado Único de Circulación: en qué casos no es necesario en la provincia

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Hasta mañana, aquellos que no están exceptuados, tendrán tiempo de tramitarlo.

A partir de este sábado comenzará a regir la actualización del Certificado Único de Circulación en el país. Sin embargo, no todos deberán tramitarlo y se contemplan algunas excepciones.

Las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades, servicios o profesiones deberán tramitar el CUCH. Asimismo, las personas que concurran a los mismos deberán circular con la constancia del turno otorgado para su atención, cuando corresponda, o desplazarse a establecimientos de cercanía al domicilio.

Respecto a la flexibilización de los locales gastronómicos en toda la provincia, no es necesario presentar el certificado en los negocios de comida rápida ya que son considerados lugares “de paso”. También están exceptuados de este documento quienes concurran a las reuniones familiares que se habilitaron desde el fin de semana pasado, para la salidas de esparcimiento, para hacer las compras, entre otras situaciones, aunque para estos casos si se debe respetar la terminación del DNI.

Otras excepciones

  1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
    No requerirán certificado quienes se desplacen a establecimientos de cercanía al domicilio.
    Quienes allí trabajen, deberán tramitar el certificado único de circulación.
  2. Oficinas de rentas de las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
    Quienes asistan, podrán circular con la constancia del turno otorgado para su atención.
    Quienes allí trabajen, deberán tramitar el certificado único de circulación.
  3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
    Quienes asistan, podrán circular con la constancia del turno otorgado para su atención.
    Quienes allí trabajen, deberán tramitar el certificado único de circulación.
  4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas.
    A través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística.
  5. Atención médica y odontológica programada.
    De carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
    Los y las pacientes podrán circular con la constancia del turno otorgado para su atención.
    Quienes allí trabajen deberán tramitar el certificado único de circulación.
  6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen.
    Con sistema de turno previo.
    Quienes asistan podrán circular con la constancia del turno otorgado para su atención.
    Quienes allí trabajen, deberán tramitar el certificado único de circulación.
  7. Ópticas.
    Con sistema de turno previo.
    Quienes asistan podrán circular con la constancia del turno otorgado para su atención.
    Quienes allí trabajen, deberán tramitar el certificado único de circulación.
  8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias.
    En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
    No requerirán certificado quienes se desplacen para solicitar atención por violencia de género.
  10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
  11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACIÓN

Nota relacionada: https://www.elcucodigital.com/manana-vencen-los-certificados-para-circular-como-deben-tramitar-el-nuevo-los-trabajadores-exceptuados/

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