Con medios aéreos, brigadistas contuvieron un incendio forestal intencional en Tupungato

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Es la primera intervención en Mendoza de los aviones del Servicio Nacional de Manejo del Fuego en lo que va de la temporada. El operativo estuvo coordinado por el cuerpo de Brigadistas de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial.

Un incendio provocado intencionalmente en las proximidades del Arroyo Las Tunas del departamento de Tupungato, fue contenido cuando alcanzaba una superficie de cincuenta hectáreas, por el Avión Hidrante Airtractor 802 del Sistema Nacional de Manejo del Fuego con Base en La Puntilla. En tanto, los trabajos terrestres fueron realizados por personal del Plan Provincial de Manejo del Fuego, Guardaparques del Área Natural Protegida Manzano Histórico, Defensa Civil de Tupungato y pobladores. La coordinación de Guardaparques de Valle de Uco realizó las actuaciones pertinentes para multar a los responsables.

El combate aéreo se realizó coordinado por el Avión Observador, Cesna 182, del Servicio Nacional de Manejo del Fuego que efectuó tres lanzamientos logrando frenar el avance del fuego. La tarea se llevó adelante a través del aeroclub La Puntilla y el apoyo hídrico de Bomberos Voluntarios de Lujan y Municipalidad de Lujan de Cuyo. También se activó la brigada helitransportada de Monte Comán pero no fue necesaria su intervención.

Fuego: prohibiciones y multas

Cada vez que se inicia un incendio forestal se pone en juego la biodiversidad y el patrimonio ambiental de nuestra provincia. Una de las razones por las que estos siniestros se generan es por el uso ilegal de fuego para limpieza de acequias, canales y lotes. El uso de fuego como herramienta de limpieza está prohibido por la Ley provincial 6099.

La Dirección de Recursos Naturales Renovables informó que está prohibida la quema controlada de campos sin la autorización y supervisión del personal del Plan Provincial de Manejo del Fuego. Además, se solicita a la población abstenerse de prender fuego, sin importar su fin, en zonas que no están debidamente preparadas. También se exige a los productores tener debidamente las picadas cortafuego regularizadas en los campos de los cuales son propietarios, ya que de lo contrario serán pasibles de multa o quita de subsidio por no cumplir esta normativa.

Con respecto a la legislación que pena las acciones incendiarias que ponen en riesgo al ambiente y a las personas, el Código de Contravenciones establece multas entre $7.600 y $47.500 o arresto de 8 a 50 días para aquellos que, sin causar un incendio, encendieran fuego en zona urbana o rural en los caminos y en zonas de esparcimiento (públicas o privadas), en calles, acequias, puentes, banquinas o basurales, sea quemando hojas, ramas, madera, basura o cualquier otro material susceptible de ser incinerado, sin observar las precauciones necesarias para evitar su propagación. El Código Penal prevé entre 3 y 20 años de prisión dependiendo de los daños ocasionados por incendios.

Está totalmente prohibido el uso de fuego para la quema de pastizales, de basura acumulada, la limpieza de lotes, la quema de fincas abandonadas, la preparación de suelos para cultivos, la limpieza de banquinas, acequias y canales, las quemas clandestinas de campos incultos y quema de remanentes de siembra. Para denunciar estos siniestros, se puede ingresar al sitio de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial: http://www.ambiente.mendoza.gov.ar, o comunicarse a la Dirección de Recursos Naturales Renovables a los teléfonos 4252090 y 4257065, de lunes a viernes, de 8 a 13 o llamando al 911.

Prensa Gobierno de Mendoza

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