El Gobernador tendrá hoy su ley de Avalúo e Impositiva: el impuesto inmobiliario aumentará un 34%

El Senado le dará sanción definitiva al proyecto que ayer aprobó, sin apoyo del PJ, la Cámara Baja.

Con el proyecto de Presupuesto 2020 aún trabado por la
oposición en la Legislatura, el gobernador Rodolfo Suárez podrá celebrar hoy su
primer mes sentado en el sillón de San Martín con la primera ley aprobada de su
gestión (sin contar la derogada 9.209). Será cuando el Senado le dé sanción
definitiva al proyecto de Avalúo e Impositiva, que ayer consiguió el aval en
Diputados con los votos oficialistas, ya que el PJ decidió a último momento no
acompañar la iniciativa enviada por el Gobierno.

La normativa que define el valor de los bienes y cuánto se
les cobrará en impuestos a los mendocinos, será la última que tratará la
Legislatura antes de que senadores y diputados entren en receso por vacaciones
hasta el 27 de enero.

Como destacaron desde el Ejecutivo cuando enviaron el
proyecto a la Legislatura a mediados de diciembre, la Ley no incrementará las
alícuotas de los gravámenes provinciales, particularmente Ingresos Brutos, pero
sí el valor que tienen para el Estado las viviendas y los autos.

El avalúo fiscal de las propiedades subirá un 34%, por lo
que el impuesto Inmobiliario aumentará en ese porcentaje también. Según aseguró
el ministro de Hacienda, Lisandro Nieri, cuando explicó el proyecto a los
legisladores, el 90% de las parcelas pasará a pagar 192 pesos mensuales.

Por otra parte, se mantiene el régimen de Autodeclaración
para los inmuebles sobre los cuales se desarrollen actividades
hidrocarburíferas o petroleras, esto es refinerías, destilerías y similares, y
de expendio de combustibles líquidos/gas por estaciones de servicios.

También para el caso de aquellos destinados a actividades
bancarias, financieras, de seguros y/o cambiarias; supermercados, hipermercados,
paseos de compras y centros comerciales; salones comerciales de 500 m2 o más,
de superficie cubierta; cementerios privados; y derechos superficiarios.

“La autodeclaración deberá efectuarse ante la Administración
Tributaria Mendoza mediante el procedimiento y en los plazos que ésta
reglamente. Dicho organismo quedará facultado para disponer de oficio las
tasaciones correspondientes a las propiedades alcanzadas, incluso a través de
convenios celebrados con Universidades, Centros de Estudios o Colegios
Profesionales, con cargo al responsable de la parcela”, señala el texto de la
media sanción aprobado ayer solo por los diputados del oficialismo.

Para automotores, el incremento se tomará de la lista de
precios de enero 2020 que releva la Dirección Nacional del Registro de Propiedad
Automotor. El sistema de cálculo es el mismo desde 2014: el impuesto es el 3%
del valor del vehículo.

Esto significa que no habrá incremento en la alícuota y que
se mantienen los beneficios para aquel contribuyente que ha cumplido con sus
obligaciones en los años anteriores. El beneficio en este caso es escalonado,
teniendo en cuenta el comportamiento previo de cada uno, favoreciendo más a
quien hubiera cumplido en los últimos dos años, respecto de quien sólo cumplió
el año anterior. Por lo demás, se otorga un beneficio adicional a quien pague
el impuesto anual en una sola vez, al igual que en el Inmobiliario.

Por su parte, taxis, remises, camiones y ómnibus se
ajustarán un 34%.

IBB y Sellos

En el caso de Ingresos Brutos, cuando el contribuyente se
encuentre comprendido en el Régimen Simplificado establecido por la Ley
Nacional 24.977 y sus modificatorias, abonará en concepto de este impuesto un
importe mensual fijo, según la categoría, mientras que en lo concerniente al
Impuesto de Sellos, se mantienen las exenciones en el pago de este tributo para
contratos de locación y créditos hipotecarios, actualizando los montos de los
rangos.

En cuanto al impuesto a los Sellos, se mantiene la exención
para los contratos de alquiler por debajo de 10 mil pesos y se amplían los
montos para créditos hipotecarios: hasta $ 1.800.000 no se pagará sellos, hasta
$ 2,7 millones 0,5%, hasta $ 3,6 millones 1%, y desde ese valor en adelante la alícuota
será 1,5%.

Según explicó el titular de la comisión de Hacienda de
Diputados, Jorge López (UCR), “en los últimos años nuestros avalúos se vienen
diferenciando de la inflación real. Un dato importante es que desde el año 2016
a la fecha el total del valor de los avalúos acumulados asciende a un 132% en
los cuatro años, mientras que el valor de la inflación en esos mismos cuatro
años, asciende a un 290%”.

Moratoria para deudores

La Ley de Avalúo e Impositiva 2020 establece un “Plan
excepcional de regularización de deudas”. Este plan para que los morosos se
pongan al día alcanza a deudas vencidas al 30 de noviembre pasado y se puede
cancelar hasta en 60 cuotas.

En el caso de hacer el pago al contado, hay una reducción de multas e intereses por el 80%; en 12 cuotas la reducción de intereses y multas será del 50%; hasta 36 cuotas se reduce 20% intereses y 10% las multas. De ahí hasta las 60 cuotas, no hay quita de intereses y 5% en multas.

Fuente: Los Andes