Espionaje ilegal ARA San Juan: citaron a indagatoria a Macri y se le prohibió salir del país

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El fallo calificó las maniobras de inteligencia como “prácticas aberrantes” emanadas de las máximas autoridades del gobierno de Macri. También le prohibieron de salida del país, aunque se encuentra en Estados Unidos.

La Justicia federal citó a indagatoria y prohibió la salida del país al expresidente Mauricio Macri en la causa por espionaje cometido a familiares de las víctimas del ARA San Juan en una resolución en la que además se dictó el procesamiento de Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, la cúpula de la AFI del gobierno de Cambiemos. Para el juez Bava las directivas emanaron de las máximas autoridades del gobierno de Macri.

El expresidente Macri deberá presentarse el jueves 7 de octubre próximo a indagatoria ordenada por el juez de Dolores Martín Bava en el caso en el que se investiga si desde su gobierno se espió y buscó controlar los movimientos de los familiares de las víctimas, a través de maniobras desplegadas de las denominadas bases AMBA de la AFI, entre ellas la de Mar del Plata.

Para decidir la indagatoria a Macri fue clave el testimonio del exdirector operacional de Contrainteligencia de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) Martín Coste.

“Esa producción de inteligencia ilegal no pudo deberse a una concatenación de extralimitaciones sino a una directiva precisa emanada de las máximas autoridades del Poder Ejecutivo Nacional. Este accionar no puede ser admisible y es deber del Poder Judicial sancionar, no sólo por imperativo legal, sino como garantía de no repetición de estas prácticas aberrantes”, advirtió el magistrado.

El magistrado investiga la participación de los imputados en la realización de esas tareas, “las cuales consistieron en la obtención de información, producción de inteligencia y almacenamiento de datos sobre personas, por su opinión política o su pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias y de derechos humanos. Entre esas tareas de espionaje prohibidas por ley, se les imputó haber dirigido numerosas de ellas a obtener datos personales e información de los familiares y allegados de los tripulantes del submarino ARA San Juan, como así también del buque “El Repunte” y del buque “Rigel”.

Según se remarcó en la resolución a la que accedió en exclusiva Ámbito, el entonces Presidente de la Nación, se reunió por primera vez con las y los familiares de los tripulantes del ARA San Juan el 20 de noviembre del 2017; es decir, a solo cinco días de la desaparición del submarino 64. Fue a partir de ese encuentro en que comenzó “el espionaje ejercido contra los familiares de los tripulantes del ARA San Juan (toda vez que el primer documento referido a este tema del que tenemos constancia data del diciembre del 2017). De una u otra manera la responsabilidad de los entonces directivos de la AFI en esta cuestión resulta ser evidente”.

El juez advirtió que dichas tareas no contaron con autorización judicial alguna ni fueron justificadas por órdenes de servicio fundadas en razones de seguridad interior o defensa nacional y “se realizaron, además, con el objeto de influir en la opinión pública, en esas personas y en el normal desenvolvimiento de las actividades de la agenda política de ese año, que según los criterios preestablecidos podían afectar a la gestión del entonces gobierno nacional encabezado por el ex presidente Mauricio Macri”

Silvia Majdalani, en su indagatoria pretendió justificar los hechos alegando razones de seguridad presidencial. Pero el juez concluyó “¿Qué amenaza a la seguridad interior o a la seguridad presidencial puede presuponer dos mujeres en un predio custodiado por diversas fuerzas policiales y/o militares que lo único que querían era tener unos minutos de la atención de la máxima autoridad de la República en aquel entonces? Sostener que en estos hechos tan banales se encuentra en riesgo la seguridad nacional es de una peligrosidad que deja en estado de indefensión a todos y todas los ciudadanos y ciudadanas del país, debido a que cualquier persona puede ser sospechosa y así justificar la elaboración de un informe y estar dentro de los archivos de la Agencia Federal de Inteligencia”, enfatizó el juez.

“Esa producción de inteligencia ilegal no pudo deberse a una concatenación de “extralimitaciones” sino a una directiva precisa emanada de las máximas autoridades del Poder Ejecutivo Nacional. Este accionar no puede ser admisible y es deber del Poder Judicial sancionar, no sólo por imperativo legal, sino como garantía de no repetición de estas prácticas aberrantes”.

A Macri le imputó que desde su cargo de Presidente de la Nación, “por lo menos en el período comprendido entre el mes de diciembre del año 2017 y finales del año 2018 ha ordenado y posibilitado la realización sistemática de tareas de inteligencia expresamente prohibidas por la ley 25.520 y sus modificatorias, consistentes en la obtención de información, producción de inteligencia y almacenamiento de datos sobre personas, por su opinión política o su pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias y de Derechos Humanos.”

“Entre esas tareas de espionaje prohibidas por ley, se le imputa haber ordenado y posibilitado la realización de numerosas de ellas con el propósito de obtener datos personales e información de los familiares y allegados de los tripulantes del submarino ARA San Juan. Esas acciones buscaban influir en la situación política e institucional del país, puntualmente respecto a los reclamos que realizaban los mismos por el hundimiento de dicho submarino y la consecuente muerte de sus familiares, como así también apuntaban a conocer sus actividades, los lugares donde se reunían, sus datos personales y los de su entorno, como la identificación de sus referentes”.

Fuente: Ámbito

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