La Anmat prohibió un aceite de girasol, una yerba, un quitaesmalte y otros productos

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este martes varios productos y sus motivos fueron detallados en el Boletín Oficial.

En la disposición 376/2020, la entidad prohibió el
uso, la comercialización y distribución del quitaesmalte rotulado como
“ANNA REMOVER EXPRESS NAIL POLISH”, ya que carecía de codificación de
lote y vencimiento.

Según indicaron, la medida se llevó adelante a fin de
proteger a eventuales usuarios del producto cosmético, debido a que no se
declaran datos veraces en su rotulado, se desconoce su origen y por tanto no se
puede garantizar que haya sido elaborado con ingredientes permitidos y bajo las
concentraciones establecidas por la normativa vigente al respecto. Por estos
motivos, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la
Salud sugirió sacarlo del mercado.

Además, a raíz de un informe del Departamento de Rectoría en
Normativa Alimentaria, la administración prohibió en su disposición
377/2020 la comercialización de “Aceite de Girasol, marca Marolio,
elaborado y fabricado por Vicentin SA.”, por carecer de registros y estar
falsamente rotulado, dado que utiliza información de un alimento genuino, pero
este resulta ser en consecuencia un producto ilegal.

La Anmat prohibió también, en la disposición 375/2020, la
comercialización en todo el territorio nacional de los productos rotulados
como: “Baño de repostería fantasía blanco”, RNPA Nº 02-516955, marca:
Emeth, RNE Nº 02-032601, Lote Nº 190730, vencimiento 02/2021 por encontrar en
infracción al artículo 155 tris y 155 del Código Alimentario Argentino, al
presentar un contenido de ácidos grasos trans mayor al 5%. “Siendo en
consecuencia ilegal”, indicaron.

Asimismo, la Aduana de Córdoba realizó una serie de
allanamientos donde secuestró varios productos para la salud. La Dirección de
Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DVPS) verificó
algunos medicamentos y luego la Anmat prohibió el uso, la comercialización y la
distribución en todo el territorio nacional de los lotes y presentaciones de
los productos mencionados en el Art.1° de la disposición
234/2020.
 (Ir al enlace para ver en detalle)

Según indicó la administración, ninguno de los establecimientos
se encontraba inscrito dentro del rubro “Medicamentos, Cosméticos y
Productos Médicos”. Dado que las firmas titulares son establecimientos sin
habilitación sanitaria y que los medicamentos no poseían su respectivo registro
ante la autoridad sanitaria y como se desconocían sus condiciones de
elaboración, la administración expresó que “no puede asegurarse su
calidad, seguridad y eficacia; muy por el contrario, revisten riesgo para la
salud de los potenciales pacientes”.

Sumado a esto, la Anmat prohibió la comercialización en todo
el país de un mix de especias, aceitunas y varios aderezos a base de aceite de
oliva extravirgen porque no cumplen la normativa alimentaria vigente al
“carecer de autorización y estar falsamente rotulados”. (Ver detalle
en el artículo 1° de la disposición
378/2020).

Por último, la entidad prohibió el uso, la comercialización
y la distribución en todo el territorio nacional de una yerba mate con palo de
la marca Ríos (RNPA N° 14026057, RNE N° 14000758, Mitre 33, Entre Ríos,
Argentina con el logo Oficial de Alimento Libre de gluten), según indicó en
la disposición
379/2020.

“El producto se halla en infracción por carecer de
registro de establecimiento y de producto, por utilizar el símbolo de Alimento
Libre de Gluten sin estar registrado como tal y por estar falsamente
rotulado”, informó la Anmat, que añadió que tomó esta medida para proteger
la salud de la población.

Fuente: La Nación