enero 12, 2026

La provincia descentraliza la habilitación contra incendios y se introducen modificaciones en la normativa

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Las áreas técnicas de los municipios serán parte del proceso.

El Gobierno de Mendoza oficializó una reforma clave en el sistema de prevención de incendios de la provincia. A través de la modificación de la Ley Nº 7499, se introducen cambios sustanciales en la obtención del Certificado de Medidas de Protección Aptas Contra Incendios (Ce.Me.P.A.C.I.), un documento crítico para la habilitación de cualquier emprendimiento.

Hasta ahora, la Dirección de Bomberos centralizaba gran parte de estas inspecciones. Con la nueva normativa, se establece un sistema mixto:

.Descentralización municipal: los municipios que cuenten con áreas técnicas especializadas y profesionales idóneos ahora podrán realizar las verificaciones, auditorías y otorgar ellos mismos el certificado.


.Intervención de Bomberos: La Dirección de Bomberos de la Provincia solo intervendrá de forma obligatoria en edificios públicos, grandes superficies (más de 450 m2) o en departamentos que no tengan oficina técnica propia.


.Vigencia extendida: uno de los puntos más celebrados es que el Ce.Me.P.A.C.I. ya no tendrá un vencimiento rígido. Tendrá vigencia permanente siempre y cuando no se realicen modificaciones sustanciales en el uso del local, la superficie o el riesgo de la actividad.

El mantenimiento, una responsabilidad anual


Aunque el certificado no venza, la ley es estricta en el cuidado: el sistema contra incendios deberá ser inspeccionado anualmente para garantizar su funcionamiento. El titular del comercio o industria es el responsable legal de comunicar cualquier cambio que altere el riesgo del lugar.

¿Quiénes deben tramitarlo ante la Provincia?


La Dirección de Bomberos seguirá siendo la autoridad de aplicación para:

Edificios públicos o de prestación de servicios.
Espacios de más de 450 metros cuadrados (industrias, estaciones de servicio, cines, boliches, supermercados y edificios de altura).
Locales en municipios que no tengan personal técnico capacitado para esta tarea.


Seguridad y “Principio Precautorio”


La ley incorpora el Artículo 14 ter, que establece que, ante cualquier duda o riesgo relevante para la vida y la salud pública, se deberá solicitar siempre la intervención técnica provincial. Esto asegura que, aunque se gane en rapidez administrativa, no se resigne seguridad en lugares de alta complejidad.

Fuente: Diario El Sol

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