Violento de Tunuyán fue condenado por la Justicia tras golpear a su ex pareja y ex suegra

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El hecho ocurrió a principios de marzo. El pasado miércoles lo sentenciaron a tres años de prisión en suspenso, con prohibición total de acercamiento y tratamiento psicológico-psiquiátrico obligatorio, entre otras medidas.

Hace unos días se dio a conocer un caso de violencia de género ocurrido en el mes de marzo en Tunuyán, que tuvo como protagonistas a un sujeto que golpeó e hirió a su ex pareja y a la madre de ésta, quienes sufrieron diferentes lesiones.

Frente a ello, El Cuco Digital tomó comunicación con el fiscal de la causa, Facundo Garnica, quien primeramente dio la noticia de que el miércoles pasado el agresor fue condenado a 3 años de prisión en suspenso, con prohibición total de acercamiento por 4 años hacía ambas mujeres y tratamiento psicológico-psiquiátrico obligatorio; en caso de recibir el alta, tiene que ser comprobado por el Cuerpo Médico Forense.

Seguidamente el fiscal indicó “desde que pasó el último hecho en marzo estuvo detenido, hasta el miércoles que hicimos el juicio abreviado y recuperó la libertad (…) La víctima ya había sufrido violencia por parte de este muchacho en el 2020, entonces unificamos las causas. La persona no tenía otros antecedentes, no tenía otras causas abiertas”, motivo por el cual la pena dictada fue de 3 años, teniendo en cuenta que la mínima es de 2. “Si yo voy a un juez en un debate y le pido 5 años por ejemplo, no se lo van a dar porque justamente es primario, no tiene antecedentes previos”, añadió.

En cuanto a las medidas, Garnica agregó que “por un pedido realizado al juez el agresor tuvo que cambiar de domicilio, lo cual se constató. Tiene que hacer tratamiento psicológico-psiquiátrico y todos los meses tiene que presentar el certificado médico de ello (…) El tipo no se le puede acercar ni llamar por teléfono, sino se le revoca la prisión condicional y pasa a hacer efectiva; si no entrega el certificado, va preso, si no cumple con el domicilio, va preso. Es más, ya no puede apelar a eso porque se le hizo renunciar a los plazos; esa fue otra de las cosas que se pactó en el abreviado, porque muchos qué hacen, casan la sentencia y por ejemplo si no respetan el domicilio, como todavía no es cosa juzgada, no es obligatorio”, explicó.

Por último el letrado informó que tras la sentencia, al sujeto se lo mandó “al Juzgado de Familia para hacer el régimen de visitas y a ella la asesoramos personalmente para que pueda cobrar la mantención por el hijo que tiene en común, menor de 5 años”.

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