Certificado Único: quiénes están obligados, quiénes exceptuados y cómo tramitarlo

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Regirá desde el lunes. Los detalles.

El Gobierno Nacional oficializó el aplazamiento de la entrada en vigencia del denominado “Certificado Único Habilitante para Circulación. Desde el 6 de abril, este será el único documento para aquellos que están obligados a tramitarlo.

La norma establece algunas excepciones que deberán mantenerse con los certificados preexistentes. A su vez, destacaron que para desplazarse por un caso de fuerza mayor no se necesita tener algún tipo de permiso pero sí acreditar de manera fehaciente las causas que llevan a circular por la vía pública.

La puesta en marcha el Certificado Único pero debieron postegarla porque la web para gestionarlo colapsara luego de registrar más de 100 mil entradas.

Quiénes deben tramitarlo

  1. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. No se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
  2. Personal afectado a obra pública.
  3. Supermercados mayoristas y minoristas, y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  4. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  5. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  6. Servicios de lavandería.
  7. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  8. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Quiénes están exceptuados

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, bomberos y control de tráfico aéreo.
2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales y municipales. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
5. Quienes deban asistir a personas con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; personas mayores; niños, niñas y adolescentes.
6.Atender una situación de fuerza mayor.
8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios, y merenderos.
9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicaciónaudiovisuales, radiales y gráficos.
13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
16. Recolección de basura y residuos. Transporte y tratamiento de residuos peligrosos y patogénicos.
17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
18. Transporte público de pasajero, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
21. Servicios postales y de distribución de paquetería.
24. Casa de la Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BCRA considere imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

Cómo tramitarlo

¿Qué necesito?

Solo con tu DNI podés tramitarlo.

¿Cómo hago?

1-Ingresá a Trámites a Distancia y selecciónaOpciones de ingreso. Te van a solicitar tu número de DNI y el número de trámite que figura también en tu documento de identidad.

2-Completá la siguiente información:
a- Datos personales.
b- Domicilio de origen y destino.
c- Si utilizarás vehículo.
d- El carácter de excepción por el cual estás habilitado para circular.4

3-Confirmá el trámite

4-Ingresá en la solapa de la plataforma llamada “Mis trámites”

5-En la sección “Finalizados” aparecerá el código generado, junto con un botón a la derecha de tres puntos. Accede a ese botón y seleccioná “Consultar expediente”

6-Seleccioná, de los documentos generados, el que tiene como referencia “Carátula” y su número comienza con las letras “CE”. Imprimilo o descargarlo en tu celular, para mostrarlo en caso de que te lo soliciten.

Si sos personal afectado a servicios de salud y necesitás utilizar movilidad propia, deberás completar adicionalmente el documento “Oblea para vehículos afectados al Servicio de Salud” (obligatorio para circular).

El trámite es gratuito.

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