Coronavirus: en detalle, las últimas medidas sanitarias, económicas y sociales del Gobierno nacional

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Las mismas van desde el incremento de partidas presupuestarias destinadas a áreas críticas hasta el congelamiento de alquileres, entre otras.

Previo al último anuncio realizado la noche de este domingo por el presidente Alberto Fernández, de extender el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 12 de abril frente al avance de la pandemia del coronavirus, el Gobierno nacional había adoptado 10 nuevas medidas en relación a lo sanitario, económico y social.

De esta manera, a las actualidad ya son 50 las disposiciones que tiene por objetivo proteger la salud de los argentinos, la producción, el trabajo, el abastecimiento y a los sectores más vulnerables de la economía.

En detalle, las últimas medidas

29/03/2020. Congelamiento temporario de alquileres y suspensión de desalojos: Comprendiendo que la emergencia sanitaria exige extremar esfuerzos para enfrentar no solo la propagación del nuevo coronavirus, sino también la problemática económica y social, y que el Estado debe procurar garantizar los derechos elementales de los argentinos, el gobierno nacional resuelve suspender en todo el territorio nacional, hasta el día 30 de septiembre, el desalojo de inmuebles por falta de pago. Del mismo modo establece prorrogar, hasta la misma fecha, la vigencia de los contratos de locación cuyo vencimiento haya operado desde el 20 de marzo pasado. Se dispone a su vez el congelamiento del precio de los contratos de alquiler, debiéndose abonar hasta el 30 de septiembre el monto correspondiente al mes de marzo del corriente año. Para el pago de la diferencia entre la cuota que hubiere debido abonarse según las prescripciones contractuales y la que efectivamente deberá pagarse por la presente medida, y para el pago de deudas, no podrán aplicarse intereses ni otras penalidades previstas en el contrato. Accedé al texto completo de la medida aquí

29/03/2020. Facilidades para créditos hipotecarios: En el marco de la crisis económica agravada por el brote del COVID-19 que ha originado una drástica reducción en los ingresos familiares con la consecuente caída de la capacidad de afrontar sus obligaciones, el gobierno nacional ha resuelto adoptar medidas que resguarden el derecho a la vivienda. Se dispone que la cuota mensual de los créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados no podrá superar el importe de la cuota al mes de marzo del corriente año, hasta el día 30 de septiembre. La medida se aplicará también a los créditos UVA. Se suspenden asimismo en todo el territorio nacional, por el mismo plazo y para el mismo tipo de vivienda, las ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales. Para el pago de la diferencia entre la cuota que hubiere debido abonarse según las prescripciones contractuales y la que efectivamente deberá pagarse por la presente medida, y para el pago de deudas, no podrán aplicarse intereses moratorios, compensatorios, ni punitorios ni otras penalidades previstas en el contrato. Conocé todos los detalles de la medida aquí

28/03/2020. Asistencia a argentinos en el exterior: Considerando la protección de los ciudadanos argentinos un tema prioritario de la política exterior argentina en el marco de la pandemia, y con el objetivo de facilitar a las representaciones argentinas la posibilidad de brindar una atención profesional y eficiente a quienes se encuentren en situaciones de vulnerabilidad, se crea en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto un programa destinado exclusivamente a tal fin. El mismo se propone prestar asistencia garantizando hospedaje, alimentación, asistencia sanitaria y toda otra necesidad básica a los nacionales argentinos o residentes cuya situación no les permita resolverlo por sus propios medios. Accedé al texto completo de la medida aquí

28/03/2020. Pago extraordinario para personal de seguridad y defensa: Ante la necesidad de adoptar medidas que garanticen el efectivo cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y de optimizar la labor del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y de las Fuerzas Armadas que las llevan adelante, el gobierno nacional otorga un pago extraordinario de $5000 a abonarse por única vez con los haberes del mes de abril de 2020. El pago de la suma fija poseerá un carácter no remunerativo y no bonificable, y estará sujeto a la efectiva prestación de servicios. Leé todos los detalles de la medida aquí

26/03/2020. Pago extraordinario al personal sanitario: Entendiendo que su labor resulta imprescindible e irreemplazable en la estrategia de mitigación de la pandemia por COVID-19 y con el objetivo de reconocer la calidad, el empeño y la dedicación que desarrollan los trabajadores y las trabajadoras de la salud de nuestro país, se ha dispuesto otorgarles un pago diferencial extraordinario. El mismo, a cargo del Estado Nacional, consistirá en el pago de 5.000$ para las tareas prestadas en los meses de abril, mayo, junio y julio, y comprenderá a quienes presten servicios en centros asistenciales de salud en el sector público, privado y de la seguridad social que, en relación de dependencia, estén abocados al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVD-19. El pago de la asignación estímulo poseerá carácter no remunerativo y estará sujeta a la efectiva prestación de servicios. Leé todos los detalles de la medida aquí

26/03/2020. Créditos a MiPyMEs para el pago de sueldos: En el marco de la crisis económica y financiera que atraviesa el sector productivo como consecuencia de la pandemia de Coronavirus COVID-19, el Banco Central brindará nuevos incentivos a las entidades financieras para que incrementen los préstamos a MiPyMEs para el pago de sueldos. Esta línea se incorpora, en las mismas condiciones, a la que la entidad lanzara el 19 de marzo, en la que se promovían créditos a MiPyMEs a una tasa fija no superior al 24% anual para afrontar capital de trabajo. Consultá el texto completo aquí

26/03/2020. Prohibición del cobro de comisiones por las operaciones en cajeros automáticos: Con el objetivo de disminuir la circulación y mitigar el impacto económico de la crisis sanitaria, el Banco Central dispuso que hasta el 30 de junio inclusive las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por las operaciones (depósitos, extracciones, consultas, etc.) efectuadas mediante todos los cajeros automáticos, sin límites de importe –salvo los que expresamente se convengan por razones de seguridad y/o resulten de restricciones operativas del equipo– ni de cantidad de extracciones, ni distinción alguna entre clientes y no clientes, independientemente del tipo de cuenta a la vista sobre la cual se efectúe la operación. Consultá el texto completo aquí

26/03/2020. Ampliación de los alcances del cierre de fronteras: Ante la necesidad imperiosa de resguardar la salud de la población frente a la propagación del coronavirus COVID-19, el gobierno nacional dispuso ampliar los alcances de la prohibición de ingreso al territorio argentino a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso, a las personas residentes en el país y a los argentinos con residencia en el exterior. Esta ampliación estará vigente hasta el 31 de marzo inclusive, plazo que podrá ser ampliado o abreviado por el Ministerio del Interior. Quedan exceptuadas de la medida las personas vinculadas a las operaciones de comercio internacional de transporte de cargas de mercaderías, los transportistas y tripulantes de buques y aeronaves, las personas afectadas a la operación de vuelos y traslados sanitarios y las personas que, al momento de la entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren en tránsito aéreo hacia la Argentina con fecha de ingreso comprobada dentro de las 48 horas de publicada la normativa. La Cancillería adoptará las medidas pertinentes para la atención de las necesidades básicas de los nacionales argentinos o residentes en el país hasta tanto puedan retornar al país. Leé el texto completo del Decreto aquí

26/03/2020. Incremento de partidas presupuestarias destinadas a áreas críticas: En el marco de la emergencia sanitaria, y con miras a fortalecer la capacidad de respuesta estatal frente a la pandemia, el Jefe de Gabinete de Ministros resuelve reasignar las partidas presupuestarias que permitan garantizar el Subsidio Extraordinario y la atención médica a los beneficiario de pensiones no contributivas, la construcción del Pabellón Sanidad en la Región I de Campo de Mayo, e incrementar las transferencias a provincias que corresponden al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional, entre otras. Asimismo se incrementa el presupuesto del Ministerio de Salud con el objetivo de adquirir las vacunas del calendario nacional de vacunación, el de los hospitales actuantes en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación y de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán”, con el fin de atender gastos relacionados con la implementación de determinaciones de diagnóstico de laboratorio para COVID-19, entre otros. Podés leer el texto completo aquí

25/03/2020. Obligatoriedad del uso de la aplicación COVID-19 para toda persona que ingrese al país: Con el propósito de contar con los datos que permitan implementar las medidas necesarias para proteger la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, el Ministerio del Interior a través de la Dirección Nacional de Migraciones dispone que todas las personas que ingresen al país deberán utilizar la aplicación COVID 19-Ministerio de Salud en su versión para dispositivos móviles, o en su versión web, por el plazo mínimo de 14 días. Leé la normativa completa aquí

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