El presidente promulgó la nueva ley de Impuesto a las Ganancias: quiénes dejarán de pagarlo

WhatsApp
Facebook
Twitter
image_pdfimage_print

Los cambios favorecen a 267.000 asalariados, entre trabajadores y jubilados

El presidente Alberto Fernández firmó hoy el Decreto N° 249 que promulga la Ley 27.617 modificatoria del Impuesto a las Ganancias, que exime de su pago a 1.267.000 asalariados, entre trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos y jubilados que perciben hasta ocho haberes mínimos, lo que permitirá, a través de un esfuerzo fiscal de 48.000 millones de pesos, recomponer el poder adquisitivo de casi el 90 por ciento del universo, con el objetivo de reactivar la economía.

“Es un día importante para el Gobierno y para todos nosotros porque estamos poniendo en orden algo de lo que no hablamos tanto en la campaña, pero que sabíamos que teníamos que ordenar. Era poner orden al Impuesto a las Ganancias que afectaba a un montón de gente que simplemente vivía de un salario y que en verdad no tenía la característica de tener fortunas o tener riquezas como para estar pagando Ganancias y silenciosamente trabajamos para que ese impuesto tenga una condición progresiva distinta”, señaló el Jefe de Estado.

La firma tuvo lugar en el marco del lanzamiento de 87.000 créditos para la refacción y la construcción de viviendas nuevas en todo el país, en un acto en el Museo de la Casa Rosada, donde Fernández estuvo acompañado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; los ministros de Desarrollo Territorial y Hábitat, Jorge Ferraresi; y de Interior, Eduardo de Pedro; la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca; el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y los legisladores Anabel Fernández Sagasti, Cristina Alvarez Rodríguez y Mariano Recalde, además de intendentes del conurbano bonaerense.

El mandatario puntualizó que “dejan de pagar el impuesto 1.267.000 trabajadores y jubilados, lo que representa un beneficio a más del 90 por ciento de las personas asalariadas” y agregó que de esta manera se está dando un gran paso “porque del pago del tributo también se excluye al aguinaldo, porque eliminamos el tope para deducir a los hijos y a las hijas de personas con discapacidades”.

La vigencia de la Ley modificatoria, aprobada por el Senado de la Nación el 8 de abril último con el apoyo de todos los bloques, será retroactiva al 1° de enero de este año, por lo que se devolverán los descuentos ya realizados durante ese mes, febrero, marzo y parte de abril, a quienes corresponda.

La iniciativa excluye del cálculo el pago del aguinaldo e incorpora perspectiva de género ampliando la deducción al concubino o concubina, cualquiera fuera el sexo. Además, exime al personal de Salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre próximo a causa de la pandemia por coronavirus, excluye del tributo la provisión de herramientas educativas para los hijos del trabajador y también establece la exención específica para el pago de suplementos particulares del personal militar.

Por otra parte, los trabajadores que tengan ingresos de entre 150 mil y 173 mil pesos deberán abonar el gravamen, pero la AFIP establecerá las deducciones para evitar de esa forma grandes diferencias entre aquellos que tendrán que tributar y los que se encuentran exentos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

LAS MÁS LEÍDAS

Sigue Leyendo

TUNUYÁN - VISTAFLORES - LA CONSULTA - EUGENIO BUSTOS - TUPUNGATO
HORARIOS A MENDOZA - TUNUYAN - SAN CARLOS - LA CONSULTA - EUGENIO BUSTOS - PAREDITAS - TUPUNGATO