Alberto Fernández derogó la Agencia de Protección a Testigos creada por Macri

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El Gobierno derogó este jueves el decreto de Mauricio Macri que creó la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados, firmado 12 días antes de dejar el poder, y restituyó el programa nacional anterior, bajo la órbita del Ministerio de Justicia.

Así lo dispuso a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 168/2020, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández y todo su gabinete de ministros.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo recordó que la Cámara Federal de Casación Penal había expresado “su preocupación” por el decreto 795 firmado por Macri el 28 de noviembre de 2019 “‘por la compatibilidad de su aplicación en relación a las atribuciones constitucionales y legales” que tiene ese cuerpo. Por esa disposición del gobierno de Cambiemos, el sistema contemplado en el Programa Nacional de

Protección a Testigos e Imputados, que dependía directamente del Ministerio de Justicia, había sido transformado en una nueva dependencia, con estatus de agencia y autonomía funcional del Poder Ejecutivo.

La administración de Fernández argumentó en el decreto publicado que “de la lectura del mencionado decreto se verifica que, al momento de su dictado, no existieron circunstancias excepcionales en los términos del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes y que, por lo tanto, justificaran la adopción de una medida de excepción como es un decreto de necesidad y urgencia”.

En ese marco, agregó que “no se observan elementos objetivos que fundamenten las razones de necesidad y urgencia que conllevan el dictado de dicha herramienta constitucional, máxime cuando el funcionamiento del Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados se mantuvo sin variación durante más de 16 años, hasta días antes de la finalización del mandato del gobierno anterior”.

Por lo tanto, el Gobierno derogó el Decreto 795 y, al mismo tiempo, dispuso que se restituya “la vigencia de la Ley N°25.764 en su redacción al momento del dictado de la norma”.

Fuente: Ambito Financiero

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