El juez Bento finalmente confirmó la candidatura a senador nacional de Rodolfo Suarez

WhatsApp
Facebook
Twitter
image_pdfimage_print

El magistrado con competencia electoral no hizo lugar a la presentación impulsada por el frente Vamos Mendocinos y consideró que el gobernador cumple con lo exigido por la Constitución Nacional para postularse como suplente al Congreso.

El juez federal con competencia electoral Walter Bento rechazó la impugnación presentada por el frente Vamos Mendocinos y ratificó la precandidatura del gobernador Rodolfo Suárez a senador suplente, considerando que cumple con los requisitos exigidos por la Constitución Nacional para postularse.

La postulación del gobernador había sido objetada por la alianza integrada por el Partido Demócrata (PD), la Coalición Cívica-Ari y el movimiento Mendoexit por violar el artículo 115 de la Constitución de Mendoza. Bento había rechazado la impugnación por una cuestión de forma, argumentando que la alianza Vamos Mendocinos no se encontraba “legitimada” para cuestionar la precandidatura de Suárez ya que no se trataba de una de las listas en competencia dentro de Cambia Mendoza de cara las PASO. En tanto, había quedado sin resolver la cuestión de fondo, algo que dejó insatisfechas a las partes.

Posteriormente, la fuerza opositora apeló esa decisión del magistrado ante la Cámara Nacional Electoral y este organismo resolvió revocar el fallo del juez federal mendocino y le ordenó resolver la cuestión de fondo acerca de la precandidatura del gobernador e impuso como plazo máximo el lunes para cumplirlo.

Este viernes por la tarde Bento terminó fallando a favor del gobernador mendocino. No hizo lugar a la impugnación presentada por el apoderado de Vamos Mendocinos contra la oficialización como precandidato a senador nacional suplente de Rodolfo Suárez, por considerar que “cumple con lo exigido por la Constitución Nacional en su art. 55 para la postulación a dicho cargo”.

En los fundamentos de su resolución, el magistrado plantea que el artículo 115 de la Constitución de Mendoza, que dice que “el gobernador tampoco podrá ser electo senador nacional hasta un año después de haber terminado su mandato”, no resulta “aplicable” al presente caso.

Argumenta que cuando se sancionó la Carta Magna en 1916, la Legislatura de Mendoza elegía el senador, por lo que “los miembros de esa legislatura podían, en el ejercicio de esa facultad, tener un límite impuesto por la Constitución Provincial”. En este sentido, sostiene que “con la reforma de la Constitución Nacional de 1994, el cuerpo electoral de los senadores deja de ser una institución local y pasan a ser los ciudadanos y ciudadanas quienes eligen a los postulantes a dicho cargo”.

Al mismo tiempo, sostiene que Constitución Nacional fija en su artículo 55 como requisitos para ser elegido senador nacional “tener treinta años de edad, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente y ser natural de la provincia que lo elija o con dos años de residencia inmediata en ella” y el juez entiende que Suárez cumple con esas exigencias.

Asimismo, Bento adhiere en su escrito a la doctrina que establece que “en cuanto al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo los requisitos son de interpretación estricta, por lo que las provincias no pueden aplicar más condiciones (materiales o temporales) que correspondan a la elección de los Diputados de la Nación y a los Senadores Nacionales, pues ninguno de ellos son funcionarios “locales” y, por lo tanto, no pueden estar afectados por restricciones o postergaciones fundadas en el previo ejercicio de magistraturas locales”.

Por otro lado, considera que agregar más requisitos que los establecidos por el artículo 55 de la Carta Magna “iría en desmedro del principio de igualdad”.

Tras la decisión de la Cámara Nacional Electoral, había optimismo en el oficialismo provincial en que Bento iba a terminar fallando a favor de la postulación de Suárez, ya que consideraban que la resolución del órgano nacional les “daba la razón” en sus planteos al momento de defenderse de la impugnación. De hecho, celebraban que la Cámara hubiera citado el “fallo Acosta” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establece que las condiciones de elegibilidad de un Senador Nacional están reguladas por la Constitución Nacional.

Precisamente, buena parte de los argumentos volcados por el juez federal en su escrito van en la misma línea que los que habían expresado los principales dirigentes de Cambia Mendoza para respaldar la precandidatura de Suárez al Congreso.

De esta manera el gobernador mendocino podrá competir en las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 12 de septiembre y formar parte de la lista “Juntos por Mendoza” en la interna del frente Cambia Mendoza.

En otro sentido, vale recordar que el procesado juez Bento extrajo una compulsa penal para que el Ministerio Público Fiscal de la provincia investigue si el gobernador Suárez incumplió los deberes de funcionario público con su precandidatura a senador nacional suplente y si cometió un delito al hacerlo. La encargada de llevar adelante la investigación es la cofiscal correccional Juliana Labayrú, quien está en funciones desde hace tan solo dos semanas.

Fuente: Los Andes

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

LAS MÁS LEÍDAS

Sigue Leyendo

TUNUYÁN - VISTAFLORES - LA CONSULTA - EUGENIO BUSTOS - TUPUNGATO
HORARIOS A MENDOZA - TUNUYAN - SAN CARLOS - LA CONSULTA - EUGENIO BUSTOS - PAREDITAS - TUPUNGATO