Estas son las declaraciones juradas para circular durante la cuarentena obligatoria

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Trabajadores de diferentes sectores deberán presentar una documentación oficial.

Comerciantes autónomos, trabajadores agrícolas, cuidadores de adultos mayores y personas con discapacidad, deberán presentar una declaración jurada para circular durante el período de aislamiento social obligatorio y evitar ser aprehendidos.

​Las DDJJ son los únicos documento oficiales mediante los cuales los ciudadanos podrán acreditar ante cualquier autoridad de control competente.

También se contempla el traslado de menores, por diferentes razones, en caso de padres separados. Cabe destacar que durante la cuarentena queda suspendida la modalidad de cuidado personal compartido.

Comerciante autónomo

No hay una DDJJ, deberá llevar: DNI, Constancia de habilitación municipal (la cual indica el rubro y la dirección), copia del Decreto Nacional (donde habilita su rubro) y alguna constancia del domicilio (impuesto o servicio a su nombre).
Descarga de Decreto Nacional para: Comerciante autónomo

Trabajos: Agrícola, ganadera, mixta, tambera, frutihortícola, apícola, forestal, entre otros

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación puso a disposición de las personas que trabajen en temas referidos a: industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos, actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca; la DDJJ que deben completa y lleva.
Descarga de DDJJ para trabajadores: Agrícola, ganadera, mixta, tambera, frutihortícola, apícola, forestal, entre otros

Asistencia a adultos mayores y personas con discapacidad

La Suprema Corte de Justicia diseñó una DDJJ que debe completarse por aquellos que tengan que circular para asistir a adultos mayores que se encuentran en los grupos de riesgo o a personas con discapacidad que no puedan valerse por sí mismas.
Descarga de DDJJ para: Asistencia a adultos mayores y personas con discapacidad

Traslado de menores

Asimismo la Suprema Corte de Justicia también informó cómo acceder a la documentación necesaria para que los padres separados puedan trasladar a los hijos, en casos de asistencia de niños y adolescentes durante el aislamiento social y obligatorio.

La norma establece que el progenitor, referente afectivo o familiar que tenga a su cargo realizar el traslado, debe tener en su poder una declaración jurada a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con el Documento Nacional de Identidad del niño, niña o adolescente, para corroborar la causa de ese movimiento.

Qué se puede y no hacer

-Se suspende modalidad de cuidado personal compartido y régimen de comunicación

-Régimen de comunicación se mantiene únicamente por medios de comunicación virtuales

Se puede trasladar a los niños por única vez solamente en estos casos:

-Regreso al hogar que funciona como principal centro de vida

-Razones laborales: si el progenitor con el que están debe trabajar

-Razones de salud o fuerza mayor: Si el progenitor con el que están se enferma

Requisitos para el traslado

-Llevar escrita en un papel a mano o impreso declaración jurada con datos personales (nombre DNI y Domicilio) del progenitor que realiza el traslado y de los niños que traslada

¿Quién realiza el traslado?

Previo acuerdo entre ambos progenitores el traslado puede tener dos modalidades:

-El progenitor con el que se van a quedar puede trasladarse a retirarlos del domicilio en el que están.
-El progenitor con el que se encuentran puede llevarlos al domicilio en el que se quedarán durante el aislamiento.

Descarga de DDJJ para: traslado de menores

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