Fallo histórico: una jueza mendocina obliga a las automotrices a recalcular las cuotas de los planes de ahorro

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La magistrada Fabiana Martinelli estableció que hubo “abusos” en el valor móvil de los vehículos.

En un caso inédito en Mendoza, la jueza Fabiana Martinelli falló en contra de las automotrices que tendrán que recalcular las cuotas de los planes de ahorro, ya que entendió que existieron “abusos” por parte de las compañías en el concepto de valor móvil de las unidades.

Martinelli resolvió declarar abusiva la definición o concepto de valor móvil que utilizaron las compañías, estableciendo una disminución del 14% en el valor móvil fijado por las automotrices desde el inicio de los planes hasta agosto de 2018, fecha en la cual la magistrada había emitido una medida cautelar.

Además, sentenció que a partir de esta fecha, el valor de la cuota evolucione a través del dato de inflación que da a conocer de forma mensual el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

De esta manera, las compañías automotrices deberán en 20 días hábiles realizar el nuevo cálculo del valor de la cuota, y la diferencia que se produzca, quedará a favor del ahorrista como pago a cuenta -en el caso de que aún no haya finalizado el plan, o el reintegro del dinero en los casos que ya hayan completado las cuotas.

Esta medida incluye a quienes hayan contratado un plan de ahorro antes del 30 de septiembre del 2019 y continuaran vigentes el 5 de febrero del 2020.

Las automotrices demandadas son:

Volkswagen SA de ahorro para fines determinados

Círculo de Inversores SA de ahorro para fines determinados

Toyota Plan Argentina SA de ahorro para fines determinados

Plan Rombo SA de ahorro para fines determinados

Chevrolet SA de ahorro para fines determinados

Plan Óvalo SA de ahorro para fines

Interplan SA de ahorro para fines determinados

Las empresas, además, deberán notificar las reliquidaciones a los ahorristas, indicando:

-Respecto de los planes finalizados: deberán denunciar por algún medio fehaciente a la administradora el CBU o Alias de la cuenta en la que recibirán las transferencias en caso de existir remanente a su favor, las que deberán ser depositadas dentro de los 10 días hábiles de contar las administradoras con los datos requeridos.

-Respecto a los planes que continúan operativos: la notificación deberá contener, en caso de existir saldo a favor de las administradoras, la mención al ahorrista de su facultad de optar por pagar el remanente a plazo, la que deberá ser notificada en forma fehaciente a la administradora en el plazo de dos días hábiles de recibida la notificación.

-En estos supuestos se hará saber al ahorrista que las cuotas no superarán el valor de la última cuota abonada y que los importes correspondientes a las cuotas, serán recalculados mes a mes, conforme las pautas dadas en los presentes autos.

-En los casos de planes operativos en los cuales resulte saldo a favor del ahorrista, dicho monto se imputará a las cuotas pendientes de pago empezando desde la última hacia atrás conforme lo establece las solicitudes para caso análogos.

Fuente: El Sol Diario

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