Habilitarán salidas por controles médicos a adultos mayores que residen en geriátricos

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El propósito es prevenir y orientar acciones que favorezcan el cuidado de la salud de los residentes en relación a la pandemia COVID-19.

El Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes dio a conocer una serie de recomendaciones a geriátricos que ya están vigentes y se suman a las medidas establecidas en el protocolo vigente.

Esta modificación viene a ampliar las recomendaciones anteriores, y a partir de ahora se posibilitará realizar una salida a los residentes de hogares con el objetivo de no descuidar los controles de salud necesarios, siempre bajo el cumplimiento de todos los requisitos

El objetivo es prevenir y orientar acciones que favorezcan el cuidado de la salud de los residentes en establecimientos de adultos mayores.

Estas recomendaciones deberán aplicarse en todas las Residencias de Adultos Mayores y Hogares de Residencia de Personas con Discapacidad, en todo el territorio de la provincia.

Lo que hay que tener en cuenta:

  • Serán consideradas salidas de control y/o tratamiento médico-odontológico aquellas que no superen las 6hs entre la salida y el ingreso a la residencia (salida en el día), y no se consideran REINGRESOS.
  • En caso de que el residente cuente con un turno programado y la residencia (Instituciones) tenga casos sospechosos y/o confirmados de
  • COVID-19 de residentes y/o personal, deberá reprogramarse el turno hasta que la autoridad sanitaria de por finalizado el brote de la institución o investigación de casos
  • Se deberá notificar al Ministerio de Salud a través del formulario la salida de control y/o tratamiento de residentes. https://forms.gle/tPFVsPtJPPaPnTtY6
  • Durante todo el período de salida el residente y su acompañante deberán hacer uso de tapaboca o barbijo quirúrgico.
  • Se recomienda frecuente higiene de manos con agua y jabón o alcohol (en gel o al 70%).
  • Mail de contacto para notificaciones- consultas:  estrategiageriatrico@gmail.com

Además, las medidas que siguen vigentes de acuerdo al protocolo de visitas de residentes de instituciones para adultos mayores y hogares de residencia de personas con discapacidad específicamente en relación a la pandemia COVID-19, son las siguientes:

Las instituciones deberán contar con un espacio definido, identificado y debidamente señalizado para el ingreso de la visita, que deberá cumplir con el correcto aislamiento respecto al resto de la institución y ser acondicionado con todos los elementos de bioseguridad (alcohol en gel o al 70%, agua y jabón para el lavado de manos). En tanto que al visitante se le controlará la temperatura corporal y al igual que el residente, deberá usar barbijo, tapaboca o máscara. El visitante solo podrá entrar más allá del espacio destinado a tal fin en casos de pacientes terminales o postrados. Ingresará una persona por residente y deberá permanecer media hora.

Las instituciones deberán tener 14 días sin casos y en caso de que aparezcan sospechosos o confirmados de COVID-19, se suspenderán de inmediato las visitas en el marco del presente protocolo hasta culminar el brote activo, independientemente si se  encuentran programadas o no.

Las Instituciones deberán confeccionar un registro diario de las visitas, (libro de actas), donde conste: fecha y hora de la misma; Nombre, Apellido y DNI de la visita y del residente, teléfono de contacto y Declaración Jurada de Salud de la visita (en el Anexo I). Además, se deberá adjuntar diariamente a dicho registro una Declaración Jurada por parte de la Institución donde conste que no tienen residentes o personal confirmados, sospechosos y/o sintomáticos compatibles con COVID-19. Asimismo, estas instituciones deberán enviar, semanalmente, un cronograma de visitas al correo electrónico estrategiageriatrico@gmail.com . 

En el caso de que un residente no pueda ser trasladado a un espacio destinado para visitas, por su condición física o por encontrarse en una etapa terminal de la vida; el responsable médico de la institución o quien lleve adelante el control clínico de esa persona, dejará constancia de esta situación en la Historia Clínica. De este modo se podrá otorgar una excepción para que el visitante ingrese a la residencia más allá del espacio destinado a tal fin.

Ante el incumplimiento de lo establecido en este protocolo podrá dar lugar a sanciones administrativas, civiles o penales según corresponda.

Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza

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