Reapertura de bancos: quiénes pueden ir, qué operaciones se pueden realizar y todo lo que hay que saber

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El BCRA dispuso algunas restricciones para la próxima semana.

El próximo lunes 13 de abril los bancos volverán a atender al público luego de más de 20 días por la cuarentena obligatoria frente a la pandemia del coronavirus.

El 3 de abril, los bancos abrieron para el cobro de jubilaciones y asignaciones y desde la próxima semana, se podrán realizar otro tipo de operaciones. Ante ello, el Banco Central dispuso una serie de restricciones y se deberá concurrir con turno previo.

La jornada en las sucursales se extenderá por dos horas y al igual que en los días previos, los horarios de apertura que dependerán de cada jurisdicción.Para la concurrencia entre el lunes y viernes de la próxima semana, se estableció un cronograma por número de DNI. La atención de jubilados o pensionados será conforme al calendario de Anses o el que la entidad establezca y no será necesario sacar un turno.

¿Los bancos abren para el público general?

Sí, pero con algunas limitaciones y restricciones. Durante la semana del 13 al 17 de abril podrán asistir las personas con turno previo para realizar diferentes operaciones que no sean por ventanilla, tanto para cuentas de personas humanas como personas jurídicas.

Si soy una persona jubilada/pensionada ¿puedo operar por ventanilla?

Sí. La atención por ventanilla queda exclusivamente reservada para el pago de jubilaciones y pensiones. Pero sólo los días que indica el calendario de la ANSeS. Si sos jubilado o pensionado, no necesitás turno, pero tenés que consultar a la ANSeS antes de acercarte a una sucursal.

¿Solo las personas jubiladas/pensionadas pueden operar por a la ventanilla?

Solo los jubilados serán atendidos en las ventanillas.

¿En qué horario estarán abiertos los bancos?

El horario de atención será de 10 a 17 en CABA y GBA, y en otras jurisdicciones se amplía dos horas luego del horario habitual del cierre.

¿Qué requisito necesito para ir al banco?

Necesitás sacar un turno por los canales que el banco ponga a disposición (el sitio web y otros canales). El banco te otorgará un turno según el último número del DNI si sos una persona humana o del dígito verificador CUIT si representás a personas jurídicas.

¿Qué día puedo ir al banco?

Sólo con el turno y el día que tengas asignado según la terminación de tu DNI (si sos persona humana) o el dígito verificador (si representás a una persona jurídica)

El calendario es el siguiente:

El lunes 13, los terminados en 0 y 1

El martes 14, los terminados en 2 y 3

El miércoles 15, los terminados en 4 y 5

El jueves 16, los terminados en 6 y 7

El viernes 17, los terminados en 8 y 9.

*Las personas humanas se rigen por DNI y las personas jurídicas se rigen por CUIT

¿A partir de cuándo puedo pedir el turno?

A partir del miércoles 8 de abril.

¿Puedo ir al banco sin turno? ¿Me atenderán igual?

No. Solamente podrás ir al banco si contás con un turno previo.

¿Tengo que tramitar un permiso para circular para acercarme a la sucursal?

El comprobante del turno gestionado previamente servirá como permiso de circulación y se te solicitará para ingresar al banco.

¿Puedo ir al banco a abrir una cuenta bancaria?

Sí, pero recordá primero sacar un turno con tu banco reservando fecha para el día que te corresponda.

¿Qué operaciones puedo realizar que no requieran atención por ventanilla?

Podés gestionar un préstamo, presentar documentación, ir a tu caja de seguridad, hacer gestiones vinculadas a tus cuentas, tanto como persona humana como jurídica.

Recordá que para cualquiera de estos casos, debés gestionar el turno de manera anticipada y respetando el cronograma establecido de fechas según termina tu DNI o CUIT, según el caso.

Necesito retirar dinero del cajero automático, ¿puedo ir cualquier día?

Si. Podés ir al cajero automático cualquier día y a cualquier hora que se encuentre más cerca de tu casa. Además, las operaciones por cajero automático no generan cargos ni comisiones, seas o no cliente de la entidad financiera, hasta el 30 de junio.

También podés retirar dinero en comercios o puntos de extracción adheridos, como supermercados o farmacias más cercano.

No soy cliente habitual del cajero automático más cerca de casa, ¿puedo retirar dinero igual?

Sí. Todas las personas humanas y jurídicas podrán efectuar extracciones de al menos 15.000 pesos diarios, sin importar si son cliente o no de la entidad propietaria del dispositivo y la red que lo administra. NO podrán cobrarte comisiones ni cargos en ningún caso.

¿Puedo ir a una casa de cambio?

No. Las casas de cambio permanecerán cerradas para la atención al público presencial. No obstante, podrán operar en forma remota.

Nota relacionada: https://www.elcucodigital.com/este-jueves-arranca-el-pago-de-jubilaciones-correspondientes-a-abril-el-cronograma/

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