El decreto indica que la Dirección Nacional de Migraciones “podrá establecer excepciones a las restricciones de ingreso al país con el fin de atender circunstancias de necesidad o de implementar lo dispuesto por el Jefe de Gabinete de Ministros”.
A través del decreto 168/2021, publicado este sábado en el Boletín Oficial, se prorrogó la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) hasta el 9 de abril en el país.
El nuevo DNU hace foco en las fronteras y el ingreso de personas al país. En ese sentido, indica que la Dirección Nacional de Migraciones “podrá establecer excepciones a las restricciones de ingreso al país con el fin de atender circunstancias de necesidad o de implementar lo dispuesto por el Jefe de Gabinete de Ministros”.
En este último supuesto, la Dirección Nacional de Migraciones “determinará y habilitará los pasos internacionales de ingreso al territorio nacional que resulten más convenientes al efecto y definirá los países cuyos nacionales y residentes queden autorizados para ingresar al territorio nacional”.
Además consigna que”los Gobernadores y las Gobernadoras y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán solicitar al Jefe de Gabinete de Ministros excepciones a la prohibición de ingreso establecida en el primer párrafo del presente artículo a los fines del desarrollo de actividades que se encuentren autorizadas o para las que se solicita autorización”.
“A tal fin, deberán presentar un protocolo de abordaje integral aprobado por la autoridad sanitaria Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que deberá dar cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional, la que deberá intervenir y expedirse, en forma previa, respecto a su pertinencia”, continúa el decreto.