Se generará una marca digital que facilitará la salida de menores al exterior

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Las disposiciones aceleran las autorizaciones para que los menores de 18 años puedan viajar al exterior.

De acuerdo con la Disposición 373/2025 de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, publicada en el Boletín Oficial de la Nación, establece que ambos progenitores, ya sean argentinos o extranjeros con residencia legal, podrán otorgar la aprobación necesaria para que sus hijos menores de 18 años puedan viajar al exterior de manera individual.

Desde la Dirección del Registro Civil de la Provincia informan que, mediante un nuevo procedimiento habilitado por el Registro Nacional de las Personas (Renaper), se agilizaron los permisos para que los menores de edad con pasaporte ordinario puedan viajar al exterior.

“Los países limítrofes siguen permitiendo el ingreso con DNI y autorización previa, sin necesidad de pasaporte, manteniendo el procedimiento anterior”, remarcó Agustín Piscopo, director de Registro Civil de Mendoza y agregó: “Es una medida importante que busca agilizar y dar seguridad al egreso de menores del país”.

El procedimiento será digital, aunque requiere la presencia física de los adultos y será enviado automáticamente a la Dirección Nacional de Migraciones. La aprobación será válida hasta que el menor alcance la mayoría de edad o hasta el vencimiento del pasaporte. La solicitud podrá gestarse directamente en los centros de atención del Renaper, en sus oficinas seccionales o en los consulados habilitados para tal fin.

Durante la solicitud, es importante recalcar que el menor debe poseer su documento de viaje para llevar a cabo una verificación biométrica automática de identidad y se confirmará el vínculo parental con el menor “de acuerdo con la información que surja de la partida de nacimiento del menor, obrante en las bases y registros del organismo”.

Esta primera etapa será exclusivamente para menores de nacionalidad argentina, nativos o por opción, quienes salgan solos al extranjero con un pasaporte ordinario vigente. Si el trámite se realiza al momento de gestionar el pasaporte del menor, será fundamental que la otra parte esté presente. Por el contrario, uno o ambos padres pueden proceder con la autorización y el niño no necesita concurrir.

La disposición indica que se establecerá una marca digital para implementar un control automatizado en las bases del Renaper y de Migraciones. Si se requiere, esta autorización de viaje puede ser revocada por cualquiera de los progenitores en el mismo lugar donde fue gestionada, sin que ello afecte los permisos tramitados por otros métodos.

Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza

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