Se publicó el decreto que extiende la cuarentena: las nuevas exigencias para la flexibilización

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El texto detalla las medidas que deberán cumplir las personas y empresas y el seguimiento que harán los Gobierno provinciales y municipales hasta el 24 de mayo, cuando vence la nueva fase del confinamiento

Finalmente este lunes, el Gobierno nacional oficializó la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 24 de mayo, y detalló las nuevas exigencias para exceptuar actividades en medio de la pandemia de coronavirus y la agravante situación económica.

Se trata de la cuarta fase de la cuarentena que permitirá una “reapertura progresiva” de las actividades, a excepción del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), ya que en la Ciudad de Buenos Aires y en el conurbano bonaerense hay mayor cantidad de casos.

Hasta 500 mil habitantes

La norma establece que “en departamentos o partidos que posean hasta 500 mil habitantes y siempre que no formen parte de aglomerados urbanos cuya población supere ese número, los Gobernadores y las Gobernadoras de Provincias podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios o comerciales”.

Para esto deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial y ordenar la implementación de un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva, que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional.

En la provincia de Mendoza este lunes no habrá cambios ya que el gobernador Rodolfo Suarez estaba a la espera de este decreto para conocer los detalles e implementar los cambios locales.

En todos los casos para disponer las excepciones los mandatarios provinciales deberán tener en cuenta:

-Que el tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no sea inferior a QUINCE (15) días. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.

-Que el sistema de salud cuente con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la potencial demanda sanitaria.

-Que exista una evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto del riesgo socio-sanitario con relación a la densidad poblacional del área geográfica involucrada

-Que la proporción de personas exceptuadas del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, no supere el 75% de la población total del Departamento o Partido, según corresponda.

-Que el Departamento o Partido comprendido en la medida no esté definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos “con transmisión local o por conglomerado”

Cada excepción deberá ser comunicada al Ministerio de Salud de la Nación.

Más de 500 mil habitantes

Por otro lado, en el caso de los lugares con más que de 500 mil habitantes los gobernadores solo podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del aislamiento y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios o comerciales, cuando el protocolo para el funcionamiento de estas se encuentre incluido en la resolución.

Para disponer la excepción, “deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial, ordenar la implementación del indicado protocolo y comunicar la medida en forma inmediata al Ministerio de Salud de la Nación”.

En todos los casos, señala el documento, la autoridad provincial deberá constatar el cumplimiento de los requisitos exigidos por los parámetros epidemiológicos y sanitarios indicados en el artículo 3° del presente decreto en cada Departamento o Partido comprendido en la medida, pero el tiempo de duplicación de casos confirmados de Covid-19 no deberá ser inferior a 25 días.

“Solo se podrán disponer excepciones en los términos previstos en este artículo si el empleador o la empleadora garantiza el traslado de los trabajadores y las trabajadoras, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros de colectivos y trenes”, remarca el texto.

Actividades que continuarán prohibidas en todo el país

El Gobierno repasó el listado de actividades que continuarán prohibidas en esta nueva fase de la cuarentena. Clases en todos sus niveles; eventos públicos y privados sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas; centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique concurrencia de personas; actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares.

El decreto

Fuente: El Sol, Infobae Foto: El Zonda

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