La facultad otorgada por la Ley, les permite a los adultos responsables, cerrar la cuenta de forma autónoma sin que intervenga el menor.
Mendoza cuenta desde este lunes con una nueva herramienta legal para que padres y tutores puedan ejercer un mayor control sobre las operaciones financieras realizadas por menores de edad. Así lo establece la incorporación del artículo 44 Quinquies a la Ley Nº 5547 de Defensa del Consumidor, publicada en el Boletín Oficial provincial.
La norma, que ya fue sancionada por la Legislatura, establece un régimen de control parental obligatorio para las billeteras electrónicas registradas a nombre de menores de edad y asociadas a sus padres o tutores legales.
Según la modificación legal, cuando exista una relación de consumo con proveedores de servicios financieros cuyo objeto sea el acceso y uso de billeteras electrónicas por parte de menores, y la cuenta esté vinculada a un mayor responsable, el proveedor deberá garantizar el acceso total e irrestricto de los padres o tutores a toda la información de movimientos, transferencias e inversiones realizadas desde y hacia esa cuenta.
Además, la legislación otorga a los adultos responsables la facultad de cerrar la cuenta del menor en cualquier momento, de forma autónoma y sin necesidad de la intervención del menor involucrado.
La incorporación del artículo 44 pretende proteger a los usuarios menores de edad en el entorno financiero digital y darles a sus responsables legales herramientas concretas para supervisar y eventualmente restringir el uso de plataformas que manejan dinero de manera virtual.
La iniciativa responde al crecimiento exponencial del uso de billeteras virtuales en Argentina, donde cada vez más adolescentes utilizan estas plataformas para administrar sus propios fondos, realizar compras o recibir pagos.
En ese contexto, el nuevo artículo apunta a evitar situaciones de riesgo financiero y garantizar el derecho de los adultos a intervenir cuando lo consideren necesario.
Fuente: Diario El Sol